La pensión de vejez en Colombia es uno de los beneficios más importantes del sistema pensional. Permite que las personas que han trabajado y cotizado durante su vida laboral reciban un ingreso mensual de por vida, una vez alcanzada la edad y los requisitos establecidos por la ley.
Contenido
¿Quiénes tienen derecho?
Tienen derecho a la Pensión de vejez, todos los afiliados al Sistema General de Pensiones que cumplan con los siguientes requisitos:
- Edad mínima establecida por la ley
- Cumplir con el número de semanas cotizadas exigidas
- Estar afiliados y al día con sus aportes en Colpensiones o en un fondo privado de pensiones
Requisitos
En el Régimen de Prima Media. Este corresponde a Colpensiones, los requisitos son los siguientes:
- Mujeres: 57 años cumplidos
- Hombres: 62 años cumplidos
- Semanas cotizadas: 1.300 semanas
En el Régimen de Ahorro Individual. Este corresponde a los Fondos privados de Pensiones, los requisitos son los siguientes:
- Edad mínima e similar a Colpensiones: mujeres 57 años cumplidos y hombres 62 años cumplidos
- El capital acumulado debe ser suficiente para financiar una pensión igual o superior al 110% del salario mínimo legal vigente.
Paso a paso para solicitar la Pensión de vejez
Estos son los pasos que debes seguir para solicitar la Pensión de vejez:
- Verificar semanas cotizadas
- Consultar tu historial laboral en la página de Colpensiones o de tu fondo privado de pensiones
- Verificar que las semanas registradas coincidan con tus aportes reales
- Reunir los documentos exigidos
- Original y copia de la cédula de ciudadanía
- Historia laboral completa
- Formato de solicitud de pensión diligenciado
- Certificados laborales en caso de que haya inconsistencias en las semanas
- Radicar la solicitud
- Esto se debe hacer presencialmente en puntos de atención de Colpensiones o en oficinas del Fondo privado de Pensiones.
- De forma virtual a través de la plataforma oficial de la entidad en donde te encuentras afiliado
- Esperar respuesta
Para tener en cuenta
- ¿Puedo seguir trabajando si ya me pensioné? Sí, pero los ingresos adicionales pueden estar sujetos a retenciones y no generan más semanas de pensión.
- ¿Qué sucede si no tengo las semanas requeridas para pensionarme? Podrías acceder a la indemnización sustitutiva en Colpensiones o la devolución de saldos en un fondo privado.
- ¿La edad para pensionarse puede cambiar? Sí, dependiendo de reformas pensionales futuras, por lo que es clave mantenerse informado.
Obtenga más información en el portal web oficial de Colpensiones: www.colpensiones.gov.co
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